
Error en la Corte avala momentáneamente proyecto que afecta a trabajadores de la CFE
Por Rebeca Solano
Un error del nuevo secretario de acuerdos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) provocó que se diera por aprobado un proyecto que impacta directamente en el pago de jubilaciones de trabajadores de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), pese a que la mayoría de los ministros votó en contra.
El incidente ocurrió durante la sesión pública del jueves 15 de enero, apenas una semana después de que Daniel Álvarez Toledo asumiera como secretario de acuerdos. Al momento del conteo de votos, se contabilizó incorrectamente una mayoría a favor del proyecto presentado por el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, cuando en realidad cinco ministros se pronunciaron en contra y solo cuatro a favor.
El proyecto proponía establecer como criterio obligatorio que los trabajadores sindicalizados o de confianza de la CFE que no hubieran solicitado previamente su jubilación ante el sindicato o la comisión correspondiente, no tendrían derecho al pago retroactivo de la pensión, aun cuando obtuvieran un fallo favorable en tribunales.
¿Qué pasó en la votación?
Durante la sesión, los ministros Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Irving Espinosa Betanzo, Giovanni Figueroa Mejía y Arístides Guerrero García votaron en contra del proyecto. A favor se pronunciaron Hugo Aguilar Ortiz, María Estela Ríos González y otros dos ministros.
Pese a ello, el secretario de acuerdos informó erróneamente que el proyecto había sido aprobado, lo que llevó al presidente de la Corte a dar por concluido el asunto y cerrar la sesión pública.
Sin embargo, al terminar la transmisión, los propios ministros advirtieron el error dentro del salón de plenos. Se realizó entonces una votación económica, en la que quedó claro que la propuesta no había sido aprobada por el Pleno.
La SCJN corregirá el error el próximo lunes mediante el acta pública, aunque también se contempla retornar el asunto a otro ministro para la elaboración de un nuevo proyecto acorde con el criterio mayoritario.
El fondo del asunto
La discusión se originó por una contradicción de criterios entre tribunales federales.
Mientras que dos Tribunales Colegiados en Materia de Trabajo de la Ciudad de México sostuvieron que no procede el pago retroactivo de la jubilación sin solicitud previa, otro tribunal, con sede en el Octavo Circuito, consideró que sí puede otorgarse aun sin cumplir ese requisito.
Aguilar Ortiz propuso que la Corte fijara jurisprudencia para definir el criterio, señalando que sin una solicitud previa no existe omisión atribuible a la CFE que justifique el pago retroactivo.
División en el Pleno
La mayoría de ministros que votó en contra consideró que no existía una verdadera contradicción de criterios, mientras que otros cuestionaron que el trámite de la jubilación deba hacerse obligatoriamente ante el sindicato, lo que podría implicar un trato diferenciado e injustificado entre trabajadores sindicalizados y de confianza.
La ministra María Estela Ríos González respaldó el proyecto, al sostener que las condiciones establecidas en el contrato colectivo deben cumplirse, independientemente de la calidad sindical del trabajador.
Por ahora, el criterio propuesto no fue aprobado, pero el error administrativo dejó al descubierto la fragilidad del procedimiento interno de la Corte y el impacto inmediato que puede tener en los derechos laborales de miles de trabajadores de la CFE.
