12 de enero de 2026

Por Leticia Núñez Hernández

La contaminación auditiva es una de las formas de deterioro ambiental más subestimadas del espacio público. A diferencia de otros contaminantes, su impacto no siempre deja huella visible, pero sí produce efectos medibles sobre la salud física, neurológica y psicosocial de quienes la padecen. En las ciudades veracruzanas, una de sus manifestaciones más persistentes es el ruido extremo generado por motocicletas cuyos sistemas de escape han sido modificados deliberadamente para amplificar el sonido.

Estas alteraciones mecánicas no responden a criterios de seguridad ni de eficiencia vehicular. Su finalidad es simbólica: proyectar una ilusión de potencia, dominio o presencia, aun cuando el costo sea la perturbación constante del entorno. Se trata, en términos estrictos, de una forma de agresión acústica, normalizada por la falta de control y por una cultura que confunde estridencia con libertad.

Desde la perspectiva de la salud pública, el ruido excesivo no es un asunto menor. La exposición reiterada a sonidos de alta intensidad se asocia con trastornos del sueño, aumento de cortisol, ansiedad, cefaleas, deterioro cognitivo y daño auditivo progresivo. Estos efectos, sin embargo, se intensifican de manera desproporcionada en ciertos grupos poblacionales, entre ellos las personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).

La neurociencia ha documentado ampliamente que muchas personas autistas presentan hipersensibilidad sensorial, particularmente al estímulo sonoro. Para ellas, el estruendo de un escape modificado no es una molestia pasajera, sino un factor desencadenante de dolor físico, desregulación neurológica y crisis sensoriales que limitan su participación plena en la vida social. Obligarles a soportar ese entorno equivale, en los hechos, a expulsarlas del espacio público.

Esta exclusión no es inevitable; es consecuencia directa de la omisión institucional. La legislación vigente en Veracruz prohíbe expresamente la circulación de vehículos que emitan ruidos excesivos o cuenten con sistemas de escape alterados. Cuando la norma no se aplica, el Estado deja de cumplir su función básica de garantizar condiciones mínimas de convivencia y de proteger a quienes se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad.

Tolerar el ruido que hiere, desregula y margina no es un acto de neutralidad administrativa, sino una forma silenciosa de violencia. No se trata de exigir privilegios, sino de hacer efectivos derechos fundamentales: al descanso, a la salud, a la accesibilidad y a un entorno razonablemente habitable. Regular el ruido no es una cruzada moral ni un capricho normativo; es una exigencia de civilidad democrática.

Corresponde a los ayuntamientos, a las direcciones de Tránsito y Seguridad Vial y a las autoridades estatales competentes en Veracruz hacer cumplir la ley en el ámbito de sus atribuciones. Aplicarla no solo ordena el tráfico: reconoce la diversidad neurológica y afirma que el espacio público no pertenece al más ruidoso, sino a todas y todos. Gobernar también es poner límites, y en este caso el límite es el sonido que la ley ya prohíbe. Mientras no se sancione su incumplimiento, la omisión institucional seguirá siendo cómplice del ruido que hiere y excluye.