13 de diciembre de 2025

Servicio de Administración Tributaria

Por Rebeca Solano

 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) contará a partir del 1 de enero con facultades ampliadas que refuerzan su poder de fiscalización, luego de las reformas al Código Fiscal de la Federación aprobadas por el Congreso, bajo el argumento de combatir la evasión y el uso de facturas falsas.

Sin embargo, especialistas y contribuyentes advierten que los cambios son abusivos, invasivos y peligrosos, al reducir drásticamente los tiempos de defensa y otorgar amplias facultades discrecionales a la autoridad fiscal, en detrimento de la seguridad jurídica.

Entre los cambios más relevantes, el SAT podrá detectar y sancionar presuntas facturas falsas mediante un proceso exprés de hasta 30 días, tiempo considerado insuficiente para que una persona o empresa pueda aclarar errores o defenderse adecuadamente, incluso si no ha cometido ningún delito.

Además, si el SAT presume que una empresa o contribuyente es “facturero”, podrá suspenderle de inmediato la emisión de facturas, aun antes de que exista una resolución definitiva, lo que congela operaciones, pone en riesgo ingresos y afecta empleos.

Las reformas también armonizan delitos fiscales con la prisión preventiva oficiosa, lo que permite que un juez ordene la detención de cualquier persona relacionada con el uso de facturas falsas, desde quien las emite hasta quien las recibe, con base en presunciones iniciales del SAT.

Otro punto crítico es que cuando el SAT publique en el Diario Oficial de la Federación el nombre de una empresa señalada como facturera, sus clientes tendrán solo 30 días naturales para presentar declaraciones complementarias, desistirse del comprobante o demostrar que el servicio o mercancía fue real. De no hacerlo, podrán enfrentar sanciones severas, incluyendo la imposibilidad de emitir facturas o abrir nuevas empresas.

Las reformas también permiten visitas de verificación sin orden judicial a oficinas, bodegas, sucursales, locales comerciales e incluso puestos semifijos en la vía pública, y facultan a los funcionarios del SAT a tomar fotografías, grabar videos y audios, lo que ha sido señalado como **una invasión directa a la privacidad