12 de enero de 2026

Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)

Por Rebeca Solano

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los trabajadores jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) no pueden cobrar de manera simultánea dos pensiones, por lo que deberán elegir entre la pensión derivada del contrato colectivo de trabajo o la pensión por vejez.

De acuerdo con el fallo, la pensión por jubilación otorgada por el IMSS como patrón y la pensión por vejez prevista en la Ley del Seguro Social son incompatibles, al considerar que ambas derivan del mismo vínculo laboral y no pueden acumularse.

La resolución impacta directamente a adultos mayores que, tras décadas de servicio en el IMSS, recibían una pensión contractual por años de trabajo y posteriormente accedían a una pensión adicional por vejez, lo que hasta ahora representaba un ingreso complementario para cubrir gastos médicos, manutención y cuidados en la tercera edad.

Con esta decisión, los jubilados deberán renunciar a uno de los beneficios, lo que en muchos casos reducirá de manera significativa sus ingresos mensuales, en un contexto marcado por altos costos de medicamentos, atención médica y servicios básicos.

Especialistas advierten que el criterio de la Corte podría sentar un precedente para otros esquemas de pensiones en instituciones públicas, además de generar inconformidad entre trabajadores retirados que consideran que ambos beneficios fueron ganados legalmente a lo largo de su vida laboral.

Hasta el momento, el IMSS no ha emitido un posicionamiento oficial sobre el alcance administrativo del fallo ni sobre los mecanismos que se aplicarán para notificar o ajustar los pagos a los pensionados afectados.

La resolución de la SCJN se da en medio de un debate nacional sobre la viabilidad financiera de los sistemas de pensiones, el envejecimiento de la población y la responsabilidad del Estado para garantizar condiciones dignas en la vejez.