9 de diciembre de 2025

Suspenderán líneas de celular no registradas a nombre de una persona o empresa a partir de enero de 2026

Por Rebeca Solano

A partir del 9 de enero de 2026, todas las líneas de telefonía móvil que no estén registradas a nombre de una persona física o moral serán suspendidas, informó la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT).

La dependencia detalló que los usuarios contarán con un plazo de 30 días para registrar sus datos personales o empresariales ante las compañías que prestan el servicio de telefonía móvil, con el objetivo de evitar la suspensión de sus líneas.

Para realizar el registro, las personas físicas deberán presentar una identificación oficial vigente, ya sea credencial para votar o pasaporte, además de su Clave Única de Registro de Población (CURP).

En el caso de las empresas, será obligatorio presentar su cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

La CRT explicó que esta medida forma parte de los nuevos “Lineamientos para la identificación de líneas telefónicas móviles”, aprobados este lunes por el Pleno del organismo, con los que se busca eliminar el anonimato que facilita la comisión de delitos a través de la telefonía móvil.

Con la nueva normativa, el registro de usuarios se extenderá a las líneas de prepago, esquema que hasta ahora solo se aplicaba a los planes de pospago, y que, de acuerdo con la Comisión, se alinea con las mejores prácticas internacionales para fortalecer la seguridad y confianza en el servicio.

La autoridad aseguró que la información de los titulares de las líneas será resguardada por las propias empresas telefónicas, garantizando el cumplimiento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.

Finalmente, la CRT reiteró que las líneas que no sean registradas dentro del plazo establecido serán suspendidas de manera automática, sin excepción.