Martes, 23 de abril de 2024

  • En Minatitlán

Tribunal declara inconstitucional que retiren notaria a Flavino Ríos Alvarado

  • Mayra González Solís determinó que se le restituya la notaría
Miércoles, 09 Enero 2019
  • Por:  Cristina Ferreyra

El Segundo Tribunal Colegiado de Circuito con sede en Mérida, Yucatán, este miércoles declaró inconstitucional el artículo 167 fracción segunda mediante el cual el gobierno de Miguel Ángel Yunes Linares pretendió despojar de la Notaría Pública número 9 al ex Gobernador y ex secretario de Gobierno, Flavino Ríos Alvarado ubicada en Minatitlán, al considerar que se violaron sus derechos humanos consagrados en la Constitución, luego de que en mayo de 2017 Rogelio Franco Castán lo suspendió arbitrariamente de sus funciones.

Mayra González Solís determinó que se le restituya la notaría, por lo que, Ríos Alvarado tendrá que hacer la petición formal al Gobernador del Estado para que le sea restituida. 

“Lo procedente es conceder al quejoso el amparo y la protección de la justicia federal contra el artículo 167 Fracción Segunda”.

Y es que al establecerse en la fracción II del artículo 167 de la Ley del Notariado, que un Notario Titular -como el quejoso- puede ser suspendido temporalmente de sus funciones por el hecho de que se le haya dictado un auto de vinculación en un proceso, y que dicha situación habrá de perdurar hasta que cause estado la sentencia absolutoria que se dicte; viola en su perjuicio el principio de presunción de inocencia, como regla de tratamiento del imputado en el ámbito extraprocesal, pues como ha quedado señalado, en respeto a dicho principio se debe impedir que fuera del proceso penal se aplique al quejoso cualquier tipo de medida desfavorable asociada al simple hecho de estar sujeto a proceso.

La prevención se permite hacer una equiparación entre imputado y culpable en ámbitos extraprocesales; lo que es contrario al artículo 20, apartado B, de la Constitución, pues la presunción de inocencia es un derecho fundamental reconocido, además, en Tratados Internacionales suscritos por el Estado Mexicano, con la finalidad de garantizar la protección de otros derechos fundamentales como son la dignidad humana, la libertad, la honra y el buen nombre.

 

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