Viernes, 19 de abril de 2024

  • Contra reforma recientemente constitucional

Solicitud de amparo de Jorge Winckler por juicio político sería improcedente

  • Afirmó que es inconstitucional la reforma constitucional aprobada ayer
Viernes, 07 Diciembre 2018
  • Por:  Julio Altamirano

 

Este viernes se dio a conocer que el titular de la Fiscalía General del Estado, Jorge Winckler Ortiz, habría solicitaro ante la justifica federal un amparo en contra de la reforma recientemente constitucional que permite la remoción del fiscal como una atribución del Poder Legislativo, sin embargo, ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, señalan como improcedencia del juicio de amparo, el artículo 61 fracción VII, de la ley de amparo que la prevé contra la resolución de las legislaturas locales dictadas soberana o discrecionalmente para la eleccion de funcionarios, no transgrede el Articulo 25 de la convención americana sobre derechos humanos.

El juicio de amparo es improcedente contra las resoluciones o declaraciones del Congreso Federal o de las Cámaras que lo constituyen de las Legislaturas de los Estados o de sus respectivas Comisiones o Diputaciones Permanentes, esto en declaración de procedencia y en juicio político, además en elección, suspensión o remoción de funcionarios en los casos en que las constituciones correspondietes les confieran la facultad de resolver soberanamente o discrecionalmente, no transgrede el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El estado mexicano tiene la obligación de instituir en su legislación interna un recurso judicial efectivo, toda vez que la Coste Interamericana de Derechos Humanos ha reconocido que la existencia y aplicación de causas deadminisbilidad de un recurso o de un medio de impugnación, son compatibles con el texto de dicha convención, en la inteligencia de que la efectividad del recursos intentado se materializa cunado una vez cumplidos los requisitos de procedibilidad, el órgano judicial evalúa sus cualidades y analiza el fondo de la cuestión efectivamente planteada.

La circunstanica de que el juicio de amparo sea improcedente cuando se reclamen resoluciones de las Legislaturas Locales dictadas soberana o discrecionalmente en la eleccion de funcionarios, no implica una infracción al mandato convencional citado, en tanto la Ley de Amparo privilegió la voluntad de cada legislador, para emitir su  voto, así como la apreciación individual que corresponde a los representantes populares al evaluar los méritos.

Ante el juez de distrito del Séptimo Circuito, Jorge Winckler Ortiz, afirmó que es inconstitucional la reforma constitucional aprobada ayer por la mayoría de los diputados locales de Morenaen el Congreso del estado.

El Fiscal, duramente criticado por colectivos de desaparecidos, organizaciones civiles, empresarios y partidos de oposición al PAN, señaló que la reforma no puede ser aplicada a su persona porque en el procedimiento señalado no existe la figura de remoción.

Y dijo que los diputados pretenden removerlo del cargo sin darle oportunidad de defenderse en el juicio político, única forma legal para su destitución.

Este jueves la Mesa Directiva del Congreso del Estado turnó a comisiones la cuarta solicitud de juicio político en contra del titular de la Fiscalía General del Estado, Jorge Winckler Ortiz, luego de que fue acusado por el ciudadano Francisco Zárate Aviña, del delito de desaparición forzada.

Señalan que la denuncia es para los efectos señalados en el artículo 18 de la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia, siendo turnada a las comisiones permanentes unidas de Gobernación y de Justicia y Puntos Constitucionales.

La queja se suma a las presentadas por la organización civil ONEA, a cargo de Iván Gidi; del abogado Jorge Reyes Peralta en representación del exdirector general de Servicios Periciales, Gilberto “N” y la de Rodolfo de la Guardia García, defensor del ex secretario de Seguridad Pública, Arturo “N”.

Este jueves el Congreso del Estado aprobó con 39 votos a favor, 11 en contra y cero abstenciones que el Poder Legislativo pueda designar y remover al titular de la Fiscalía General del Estado, considerada como "Ley Anti ­Winckler" esto como parte de sus atribuciones.

 

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