30 de noviembre de 2025

 

Jueza de Control Mónica Iliana Pérez Chapa

Por Rebeca Solano

Una abogada fue multada con 837 mil pesos por intentar tomar la palabra durante una audiencia en Tamaulipas, un caso que se suma a otro episodio reciente en el que la misma juzgadora impuso una sanción por 1.3 millones de pesos.

La responsable de ambas resoluciones es la jueza de Control Mónica Iliana Pérez Chapa, adscrita al Primer Distrito Judicial en Ciudad Victoria.

El Poder Judicial de Tamaulipas informó que aprobó la reasignación temporal de Pérez Chapa hacia el sistema penal tradicional, como parte de un ajuste operativo para garantizar la continuidad del servicio y dentro de sus facultades administrativas.

De forma paralela, el órgano disciplinario tomó conocimiento de señalamientos sobre el desempeño de la jueza en audiencias orales, luego de que se difundieran ambos casos en Ciudad Victoria.

En las últimas semanas, Pérez Chapa habría impuesto dos multas extraordinariamente elevadas:

  • 1.3 millones de pesos contra una abogada en una audiencia previa.
  • 837 mil pesos contra un defensor que intentó hacer uso de la palabra.

El Poder Judicial señaló que las acciones adoptadas buscan fortalecer la impartición de justicia y garantizar el respeto al debido proceso.

Además recordó que, por normativa de protección de datos personales y presunción de inocencia, la información permanece bajo reserva mientras se desarrolla la revisión interna.

En un video difundido en redes sociales ha desatado fuerte controversia al mostrar a una jueza que interrumpe, confronta y sanciona con multas millonarias al abogado defensor durante una audiencia. La grabación ha reavivado críticas sobre el creciente abuso de poder y la falta de control emocional dentro del Poder Judicial mexicano.

En las imágenes se observa cómo la jueza corta la palabra al litigante, lo amenaza con nuevas sanciones y termina imponiendo cargos económicos considerados desproporcionados por especialistas en derecho. Para juristas consultados, este comportamiento exhibe “fragilidad emocional convertida en castigo procesal”.

Confusión entre autoridad e impunidad

De acuerdo con especialistas, lo ocurrido no corresponde a una acción para “poner orden”, sino a una posible anulación del derecho de defensa. Las multas, señalaron, parecen derivar de una reacción personal y no de una falta procesal grave. Para los analistas, esto constituye abuso de poder en términos estrictos.

Sanción desproporcionada como mecanismo de control

La multa impuesta —calificada como “desorbitada”— no tendría un fin jurídico claro, sino un uso disciplinario contra el abogado, interpretado como un mensaje de intimidación: “aquí mando yo”. El uso de sanciones pecuniarias como forma de escarmiento está prohibido por la Ley.

Preocupación por la capacidad de la jueza para dirigir audiencias

El comportamiento mostrado en el video ha generado cuestionamientos sobre la idoneidad psicoemocional y profesional de la jueza para conducir un proceso judicial. Para expertos, su reacción revela un “ego irritable” y una incapacidad para tolerar la crítica o el debate técnico.

Impacto en el debido proceso

Organizaciones y abogados advirtieron que estas acciones pueden afectar directamente derechos fundamentales, entre ellos:

  • el derecho a una defensa adecuada,
  • la igualdad procesal,
  • el equilibrio entre las partes,
  • y la neutralidad del juzgador.

La audiencia, señalaron, se convirtió en un entorno hostil donde la fuerza del Estado se usa como garrote.

La “dignidad judicial” como escudo de abuso

Expertos señalaron que conceptos como la “dignidad del tribunal” suelen emplearse para justificar actos autoritarios. En este caso, la jueza habría usado su investidura para castigar la crítica, no para proteger el proceso.

Posibles consecuencias institucionales

El caso podría derivar en:

  • quejas ante el Consejo de la Judicatura,
  • impugnaciones por abuso de autoridad,
  • solicitudes de nulidad de actos,
  • e incluso amparos por violación al debido proceso.

“El precedente es grave”, advirtieron, pues si así actúa frente a una cámara, preocupa lo que pueda ocurrir en audiencias no registradas.

Para los especialistas, lo más alarmante no es la multa en sí, sino lo que evidencia: la existencia de jueces que convierten el estrado en propiedad personal, que toman un alegato como afrenta y que confunden la crítica con desacato.

Un comportamiento así, concluyen, es incompatible con la función judicial en un Estado constitucional.