
PEMEX declara inexistente información sobre presuntos envíos de petróleo a Cuba
Por Rebeca Solano
El Comité de Transparencia de Petróleos Mexicanos (PEMEX) confirmó la inexistencia total de información relacionada con presuntos envíos o transferencias de petróleo crudo, combustibles o derivados de hidrocarburos a la República de Cuba.
De acuerdo con el Acuerdo CT-PM-398-2026, fechado el 26 de marzo de 2026, la resolución se emitió en cumplimiento a una determinación de la Dirección General de Recursos de Revisión e Inconformidad de Transparencia para el Pueblo, dentro del recurso de revisión PEMEXAI2507312, vinculado a la solicitud con folio 340023800140125.
¿Qué se solicitó?
La petición de información, presentada el 22 de octubre de 2025, requería documentación detallada sobre:
- Volúmenes diarios o mensuales enviados (barriles o toneladas).
- Fechas de envío y recepción de embarques.
- Valor comercial o monto facturado por operación.
- Nombre y cargo de servidores públicos que autorizaron los envíos.
- Partidas presupuestales utilizadas.
- Condiciones comerciales y contratos.
- Comprobantes de pago y reportes financieros.
- Informes enviados a la Secretaría de Energía, Secretaría de Hacienda y a la U.S. Securities and Exchange Commission (SEC).
Resultado de la búsqueda
La Gerencia de Enlace para el Consejo de Administración, así como otras áreas responsables —entre ellas la Gerencia de Seguimiento a Empresas Filiales y la Subdirección de Coordinación Financiera y Seguimiento a Empresas Filiales— realizaron una búsqueda exhaustiva en sus archivos físicos y electrónicos.
El resultado fue que no se encontró documentación alguna relacionada con envíos de hidrocarburos a Cuba en el periodo comprendido de julio de 2023 a la fecha de respuesta.
El Comité determinó que la información “no obra en los archivos” de las áreas competentes y que, derivado de sus facultades y competencias, es materialmente imposible generar o reponer información inexistente.
Resolución final
En sesión ordinaria celebrada el 26 de marzo de 2026, el Comité de Transparencia resolvió:
Confirmar la inexistencia total de la información solicitada en las áreas señaladas.
El acuerdo establece que la resolución cumple con lo dispuesto en los artículos 140 y 141 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
