31 de julio de 2026

Por Silvia Núñez Hernández

La palabra “audiencia” suena extraordinariamente bien. Nadie podría declararse enemigo de los derechos de los ciudadanos para recibir información de calidad. El problema aparece cuando ese discurso comienza a utilizarse como un sofisticado mecanismo para vigilar únicamente a los medios de comunicación, mientras quienes concentran el mayor aparato de difusión del país permanecen completamente inmunes frente a las mismas exigencias que ahora pretenden imponer. Porque, si de verdad vamos a hablar del derecho de las audiencias, conviene empezar por la pregunta más incómoda de todas: ¿quién protege a las audiencias del propio gobierno?

Durante casi ocho años los mexicanos hemos sido espectadores de un modelo de comunicación política que convirtió la conferencia matutina en el eje central del discurso gubernamental. Primero Andrés Manuel López Obrador y ahora Claudia Sheinbaum aparecen prácticamente todos los días utilizando recursos públicos para construir una narrativa oficial que llega a millones de personas. Ningún periódico, ninguna estación de radio, ningún portal digital y ningún canal de televisión poseen el alcance institucional que tiene la Presidencia de la República. Ningún periodista dispone de un micrófono financiado con dinero público para hablar durante horas sin límite de tiempo. Sin embargo, resulta paradójico que quienes hoy hablan del derecho de las audiencias jamás se pregunten si ese gigantesco aparato de comunicación también debe sujetarse a las mismas reglas de veracidad, objetividad, pluralidad y responsabilidad que pretenden exigir a los medios independientes.

Lo verdaderamente preocupante no consiste en reconocer derechos para las audiencias. Eso nadie lo discute. El riesgo aparece cuando ese discurso comienza a extenderse como una especie de tribunal moral desde el cual el gobierno pretende decidir qué información merece credibilidad y cuál debe ser desacreditada desde el poder. Basta que un medio publique una investigación sustentada en documentos oficiales, contratos, auditorías, expedientes judiciales o testimonios plenamente identificables para que, desde el atril presidencial, se pronuncie una sentencia sumaria: “es mentira”. No importa la evidencia presentada. No importa el trabajo de investigación. No importa que los documentos sean públicos. La descalificación sustituye al debate y la consigna reemplaza a la prueba. Lo más grave es que millones de personas reciben esa afirmación como si bastara la investidura presidencial para convertir una negación en verdad absoluta, sin que exista obligación alguna de demostrar por qué la investigación es falsa o en qué parte incurrió en un error.

Entonces vale la pena formular una pregunta que hasta ahora nadie parece querer responder. Si las audiencias tienen derecho a recibir información veraz, ¿quién verifica la veracidad de las afirmaciones que diariamente realiza la Presidencia de la República? ¿Qué autoridad revisa las cifras, los datos y las aseveraciones que se presentan durante las conferencias matutinas? ¿Dónde puede acudir un ciudadano cuando desde el poder se desacredita una investigación periodística seria sin aportar una sola prueba que destruya su contenido? Porque si el nuevo estándar será que toda información debe ser verificable y responsable, ese estándar no puede aplicarse únicamente a quien critica al gobierno; también debe alcanzar a quien gobierna.

Nuestra Constitución no deja margen para interpretaciones convenencieras. Los artículos 6° y 7° consagran la libertad de expresión, el derecho a la información y la prohibición de cualquier forma de censura previa. No son concesiones otorgadas por el Estado; son límites impuestos al propio poder para impedir que interfiera en el debate democrático. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido de manera reiterada que el discurso relacionado con asuntos públicos goza de una protección reforzada porque constituye uno de los pilares esenciales del sistema democrático. A ello se suma el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que no sólo prohíbe la censura directa, sino también las restricciones indirectas encaminadas a inhibir la libertad de expresión mediante presiones administrativas, regulatorias o económicas. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sido categórica en casos como Herrera Ulloa vs. Costa Rica, Kimel vs. Argentina y Ricardo Canese vs. Paraguay: los funcionarios públicos están sujetos a un mayor escrutinio y, precisamente por la naturaleza de su cargo, deben soportar un nivel mucho más intenso de crítica que cualquier particular.

Esa doctrina internacional tiene una explicación sencilla: quien ejerce el poder administra recursos públicos, toma decisiones que afectan derechos de millones de personas y, por ello, debe aceptar que su actuación sea examinada con rigor. Lo que resulta incompatible con un Estado constitucional es que el mismo gobierno que todos los días descalifica periodistas, medios de comunicación y organizaciones civiles sin presentar pruebas suficientes, ahora pretenda colocarse como garante de la calidad informativa y árbitro de lo que las audiencias deben considerar verdadero o falso. Ninguna democracia puede aceptar que el poder concentre simultáneamente el papel de protagonista de la información, juez de quienes la difunden y calificador de la verdad.

Las conferencias matutinas dejaron hace mucho de ser simples ejercicios de comunicación institucional. Se han convertido en un espacio desde el cual se fijan agendas políticas, se construyen narrativas, se descalifican adversarios, se responde selectivamente a investigaciones periodísticas y, en muchas ocasiones, se desacredita el trabajo de medios independientes mediante afirmaciones que no siempre vienen acompañadas de evidencia verificable. Si el gobierno considera que ese ejercicio forma parte del derecho de la ciudadanía a estar informada, entonces también debe aceptar que las audiencias tienen exactamente el mismo derecho a exigir que cada afirmación realizada desde el atril presidencial pueda ser comprobada, contrastada y, cuando corresponda, rectificada.

La democracia jamás se fortalece cuando el gobierno decide quién informa correctamente y quién debe ser exhibido desde el poder. La democracia se fortalece cuando una investigación periodística se responde con documentos, con pruebas, con auditorías, con resoluciones judiciales o con datos verificables. Decir “es mentira” desde el micrófono presidencial no constituye una refutación jurídica, ni periodística, ni democrática. Es simplemente una afirmación política que, como cualquier otra, también debe estar sujeta al escrutinio ciudadano.

Si el derecho de las audiencias será el nuevo paradigma de la comunicación pública en México, magnífico. Pero que las reglas sean iguales para todos. Que comiencen por la oficina que diariamente habla durante horas utilizando recursos públicos. Que la Presidencia acepte el mismo nivel de verificación que pretende exigir a los medios. Que también responda cuando difunda datos inexactos. Que también rectifique cuando se equivoque. Que también rinda cuentas cuando señale sin pruebas a periodistas o desacredite investigaciones documentadas.

Porque el verdadero derecho de las audiencias no consiste en escuchar una sola versión de la realidad. Consiste en tener acceso a información plural, poder contrastar versiones y formar un criterio libre, sin que el poder político pretenda convertirse en el dueño absoluto de la verdad.