10 de agosto de 2026

Clausura

Por Alberto Mejia

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) realizó dos acciones de inspección en Veracruz, donde detectó irregularidades por la falta de documentación para acreditar la legal procedencia de productos forestales y por extracción de material pétreo sin autorización ambiental.

Aserradero en Altotonga

La primera inspección se realizó del 28 al 30 de julio, como parte del operativo forestal simultáneo nacional, en un establecimiento del municipio de Altotonga, zona prioritaria por su importancia forestal dentro de la región del Cofre de Perote.

El establecimiento acreditó su legal instalación y funcionamiento, y presentó su coeficiente de aserrío autorizado por la Conafor y su libro de existencias. Sin embargo, no presentó toda la documentación necesaria para demostrar la legal procedencia de la madera, por lo que no fue posible verificar la correspondencia entre el inventario físico y los registros.

En el sitio se localizaron:

  • 225.573 m³ de madera aserrada de pino
  • 21.128 m³ de madera para cajas de empaque
  • 5.681 m³ de madera para tarimas
  • 149.614 m³ de madera en rollo de pino
  • 14 equipos de aserrío, entre ellos sierras circulares, torres de aserrío, cepillos y una tabletera

Por estas irregularidades, la Profepa impuso la clausura temporal total del aserradero y el aseguramiento precautorio de toda la madera y el equipo encontrado.

Extracción de material pétreo en Alvarado

La segunda acción derivó de una denuncia ciudadana por presunta extracción de material pétreo en la zona costera del municipio de Alvarado. El 21 de julio, personal de la Profepa inspeccionó el sitio e inició el procedimiento administrativo.

Se constató que el predio abarca una superficie aproximada de 100,830 m², con vegetación característica de ecosistemas costeros, entre ella nopales, vegetación herbácea y rastrera.

Aunque no se observaron actividades de extracción al momento de la visita, sí se localizaron instalaciones para el procesamiento de arena, cuartos de block y rampas, actualmente en desuso.

El responsable no presentó la autorización de impacto ambiental de la Semarnat, requisito indispensable para este tipo de actividades en ecosistemas costeros.

Por ello, la Profepa impuso la clausura temporal total del sitio, con fundamento en el artículo 170, fracción I, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, al considerar que las obras representan un riesgo de deterioro para el ecosistema costero y sus recursos naturales.