
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)
Por Rebeca Solano
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aclaró este miércoles que los jueces federales ya no deben conceder suspensiones para levantar por completo los bloqueos de cuentas ordenados por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
Con esta determinación, el máximo tribunal abandona la jurisprudencia establecida por la anterior integración de la Corte, que permitía otorgar este tipo de medidas cautelares.
La decisión establece un nuevo criterio para los casos en los que particulares impugnen el bloqueo de cuentas bancarias ordenado por la UIF, por lo que los jueces deberán considerar las nuevas reglas al resolver las solicitudes de suspensión.
El cambio representa una modificación relevante en los criterios judiciales relacionados con el bloqueo de cuentas y las medidas cautelares solicitadas contra las acciones de la UIF.
