Vanguardia en Coahuila / Internet
Por Rebeca Solano
Este jueves, el Poder Judicial federal enfrenta un caso clave en Coahuila: el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Octavo Circuito resolverá el amparo directo promovido por Grupo VANGUARDIA contra la sentencia del 9 de diciembre de 2024 dictada por la Sala Colegiada Civil y Familiar del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
La empresa sostiene que el expediente fue tramitado con celeridad inusual y criterios insuficientes, lo que —advierte— erosiona la certeza jurídica, golpea el Estado de Derecho y pone en riesgo la libertad de expresión al afectar su continuidad operativa.
Puntos clave del amparo:
- Crédito “inferido” sin título ejecutivo válido. La defensa argumenta que la Sala validó un adeudo sin contar con escritura certificada ni estado de cuenta bancario idóneo, recurriendo a copias simples insuficientes según el artículo 1391 del Código de Comercio.
- Inconsistencias y falta de prueba. Hay errores de fechas y ausencia de evidencia sobre la disposición del dinero al acreditado. La inscripción registral acredita publicidad, no disposición, por lo que la deuda no sería cierta, líquida ni exigible.
- Carga de la prueba invertida. La Sala habría pedido a la demandada verificar documentos que correspondía acreditar a la actora, violando el principio de que quien afirma, prueba.
Celeridad y presunta injerencia:
Abogados calificaron como extraordinario que una apelación de miles de fojas se resolviera en 72 horas, cuando procesos similares suelen requerir 30 a 45 días o más. VANGUARDIA atribuye la rapidez a la intervención de un “magistrado a modo”, presuntamente influenciado por altos poderes locales.
Impacto más allá del caso:
Expertos y cámaras empresariales advierten que resoluciones “a matacaballo” o sin motivación reforzada pueden:
- Encarecer el crédito y elevar primas de fianza.
- Retrasar inversiones y degradar la certeza jurídica.
- Afectar la libertad de expresión y el derecho a la información si se impacta la sede operativa de un medio.
Posibles decisiones del colegiado:
- Conceder el amparo para que la Sala analice la falta de título ejecutivo.
- Otorgar el amparo de fondo a la empresa.
- Negar irracionalmente el amparo, resolviendo contra norma expresa y jurisprudencia obligatoria.
La defensa enfatiza que no existen pagarés, estado de cuenta bancario idóneo ni escritura certificada, por lo que la Sala no debió invertir la carga de la prueba.