Senado
Por Rebeca Solano
En una jornada nocturna de más de siete horas, el Senado de la República aprobó la reforma a la Ley de Amparo con 76 votos a favor y 39 en contra, luego de que apenas horas antes fuera avalada en comisiones.
El dictamen incluye al menos 15 cambios a la propuesta original, pero la polémica surgió con la aprobación de una reserva presentada por el senador morenista Manuel Huerta Ladrón de Guevara, la cual establece que los amparos en trámite deberán resolverse conforme a la nueva Ley.
La oposición advirtió que esto viola el Artículo 14 Constitucional, que prohíbe dar efecto retroactivo a una ley en perjuicio de persona alguna.
“La ilegalidad no está solo en el proceso, sino en la retroactividad que quieren aplicar a los 706 mil casos de amparo que estaban en trámite hasta 2024”, denunció la senadora de Movimiento Ciudadano, Alejandra Barrales.
En el mismo sentido, la priista Carolina Viggiano acusó que la reserva constituye una “violación expresa del artículo 14 Constitucional”, pues se pretende aplicar la nueva norma a juicios en curso.
Por su parte, Huerta Ladrón de Guevara defendió la propuesta, asegurando que “no se afecta ningún derecho adquirido” y que la modificación “solo precisa la naturaleza jurídica del amparo y asegura la correcta aplicación de las normas”.
Cambios principales en la reforma
Entre las modificaciones más relevantes al dictamen destacan:
- En el artículo 5, se reconoce el interés legítimo y la posibilidad de que el amparo sea individual o colectivo.
- En el artículo 124, el plazo para dictar sentencia se amplía de 60 a 90 días naturales, y se extiende de tres a cinco días el periodo para que la persona quejosa exhiba la garantía en caso de suspensión.
- En el artículo 262, se mantiene la sanción a servidores públicos que incumplan sentencias de amparo, evitando trasladar la responsabilidad al Estado.
La reforma será turnada a la Cámara de Diputados para su análisis y eventual discusión en el Pleno.