Lunes, 20 de May de 2024

  • En el marco del Día Mundial de la Libertad de Prensa

Necesario reflexionar sobre la situación de la libertad de prensa en Morelos: CEDH

  • Exigió justicia para quienes han perdido la vida
Jueves, 02 Mayo 2019
  • Por:  Rebeca Solano

 

 

La Comisión Estatal de Derechos Humanos en Morelos, dijo que es necesario reflexionar sobre la situación de la libertad de prensa en la entidad.

Exigió justicia para quienes han perdido la vida en el cumplimiento de su actividad profesional, generar las formas adecuadas de protección para periodistas y medios de comunicación y celebrar los principios fundantes de la libertad de expresión que ven su máximo ejercicio en la actividad periodística.

En el marco del Día Mundial de la Libertad de Prensa, a Conmemorar el próximo 3 de mayo, hace un llamado a las autoridades de procuración e impartición de justicia en Morelos, esclarecer el asesinato del comunicador y activista Samir flores Soberanes, asesinado en el mes de febrero del 2019, tomando en cuenta la actividad periodística y el activismo social que lo caracterizó.

Los principios enmarcados en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; y el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; con el fin de garantizar la protección de los derechos humanos tal como lo marca el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Conscientes de que la libertad de expresión es un elemento fundamental para el desarrollo de la democracia, que permite generar, obtener, recibir y difundir información por cualquier medio y sin limitación de fronteras, lo que abona a la formación de criterios y opiniones propias que fortalecen la toma de decisiones en la sociedad; conminamos a las autoridades a: evitar cualquier conducta que agravie, amenace o agreda, demerite o atente contra la libertad de prensa y la dignidad de las y los de periodistas, integre a la brevedad el Comité Consultivo y el Subcomité Técnico de Evaluación, como lo marca el capítulo tercero de la Ley de Protección a Periodistas y Defensores de Derechos Humanos del Estado de Morelos, destine los recursos necesarios para el funcionamiento del Mecanismos de Protección integrado por el comité y subcomité, se generen y apliquen de manera oportuna las medidas de protección e inicie a la brevedad las acciones afirmativas que abonen a la prevención de ataques y agravios a la actividad periodística en función de la protección a la libertad de expresión que genera una prensa libre, como la capacitación en materia de derechos humanos, libertad de expresión y perspectiva de género a todas las instituciones que bajo su cargo integren el mecanismo.

 

 

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