Sábado, 4 de May de 2024

  • Tras 16 horas de discusión

Senado de la República aprobó en lo particular y general la Ley de Seguridad Interior

  • Avaló las modificaciones, con 71 votos a favor, 34 en contra y tres abstenciones
Viernes, 15 Diciembre 2017
  • Por:  Rebeca Solano

 

Este viernes el Senado de la República aprobó en lo particular y en lo general la Ley de Seguridad Interior, la cual otorga certeza jurídica a las Fuerzas Armadas, tras 16 horas de discusión y 76 intervenciones en la tribuna.

Al filo de las 3:00 horas, el pleno legislativo avaló, en lo general, con el voto del PRI, Partido Verde y el voto dividido del PAN, la minuta enviada por la Cámara de Diputados con 10 cambios que se introdujeron para responder a dudas y propuestas de la sociedad civil y organismos internacionales.

El Senado avaló las modificaciones, con 71 votos a favor, 34 en contra y tres abstenciones, y devolvió la minuta a la Cámara de Diputados. 

Entre las modificaciones que realizó el Senado de la República se incluye la precisión de que los actos realizados por las autoridades con motivo de la aplicación de la Ley de Seguridad Interior, deberán respetar, proteger y garantizar en todo momento y, sin excepción, los derechos humanos y sus garantías.

Además de dar 180 días a los gobernadores para profesionalizar sus policías o por lo menos tener sus proyectos y presupuestos.

Asimismo se establece en el Artículo 8, que “las movilizaciones de protesta social o las que tengan un motivo político-electoral que se realicen de conformidad con la Constitución, bajo ninguna circunstancia serán consideradas como amenazas a la seguridad interior, ni podrán ser materia de declaratoria de protección a la seguridad interior”.

Respecto a los casos en que las amenazas a la seguridad interior representen un grave peligro a la integridad de las personas o el funcionamiento de las instituciones fundamentales de Gobierno, se agregó en el artículo 16 que el presidente de la República “de acuerdo a sus facultades” podrá ordenar acciones inmediatas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, incluidas las Fuerzas Federales y las Fuerzas Armadas.

Mientras en el artículo 22 se estableció que “cuando la amenaza no requiera la intervención de las Fuerzas Armadas, el presidente designará a la autoridad civil que corresponda a propuesta del secretario de Gobernación”.

Los senadores añadieron en el artículo 26 una remisión para que las funciones que lleven a cabo las autoridades federales y las Fuerzas Armadas se lleven a cabo de acuerdo al ámbito de sus competencias.

La presidenta de la Comisión de Gobernación, Cristina Díaz, quien llevó el dictamen a tribuna, aseveró que se escucharon las voces de todos los sectores y que no se busca militarizar al país.

Sin embargo, Angélica de la Peña, del PRD, señaló que no hubo parlamento abierto para escuchar a la sociedad civil y la postura de los organismos internacionales defensores de derechos humanos, por lo que planteó una moción suspensiva que fue rechazada.

Organismos como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) han cuestionado la aplicación de esta ley. Aseguran que una década de intervención no regulada de las Fuerzas Armadas no ha disminuido la violencia y que por el contrario han aumentado los violaciones de los derechos humanos.

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