Jueves, 2 de May de 2024

  • No genera seguridad jurídica

La SCJN no protege los derechos humanos de los mexicanos: Gilberto Farías

  • La resolución del alto Tribunal de México no contribuye a la consolidación del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio; ni facilita criterios jurídicos homogéneos
Jueves, 15 Marzo 2018
  • Por:  Manuel Carvallo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación no genera seguridad jurídica en la aplicación de las nuevas figuras e instituciones jurídicas incluidas en el Código Nacional de Procedimientos Penales, por el contrario lejos de promover una cultura de respeto a los Derechos humanos de las víctimas sigue vulnerándolas al avalar con la "inspección de personas y vehículos", afirmó el presidente vitalicio de la Barra de Abogados Penalistas de Veracruz, Gilberto Farías Morales.

Con esta aprobación el Alto Tribunal de México cae en violaciones constitucionales y permite un atropello a los derechos humanos de las personas ya que es inconstitucional que la policía pueda realizar una inspección de personas y vehículos en la investigación de delitos sin que exista mandamiento fundado.

Y dijo que esto es violatorio del artículo 16 constitucional que señala que los policías de mutuo propio no pueden inspeccionar cualquier persona o vehículo de manera arbitraria o discrecional e indirectamente detenerlos con arbitrariedad.

"Por ello es inadmisible que esas inspecciones puedan llevarse a cabo de manera forzosa", añadió", añadió.

En ese sentido, advirtió, que la policía en México no está capacitada para ello, esto por una parte,  por la otra el Código Nacional de Procedimientos Penales no contempla lineamientos límites ni orientaciones sobre la actuación policiaca.

"Sin duda alguna veremos en los próximos días una serie de arbitrariedades y violaciones de derechos humanos por parte de policías en agravio del ciudadano", vaticinó.

Y finalizo: “Estoy seguro y cierto que empezarán a fluir amparos contra esas inspecciones por un criterio de algunos Ministros de la corte por lo que me cuesta trabajo entender que una declaratoria del más alto Tribunal de la Nación vaya a resultar después contradicha por las salas al otorgar estás el amparo y protección de la justicia federal a los quejosos”.

 

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