Domingo, 19 de May de 2024

  • Recibirá pensión alimenticia por 180 mil pesos mensuales

Declara juez disuelto el matrimonio de JDO y Karime Macías Tubilla

  • La juez 39 de lo familiar en la Ciudad de México dictó la sentencia desde octubre de 2019
Lunes, 03 Febrero 2020
  • Por:  Rebeca Solano
Ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa y Karime Macías Tubilla Ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa y Karime Macías Tubilla Internet

 

Juez este lunes declaró disuelto el matrimonio entre el ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa y Karime Macías Tubilla, llegaron a un acuerdo que incluye el pago de una pensión alimenticia por 180 mil pesos mensuales.

La juez 39 de lo familiar en la Ciudad de México dictó la sentencia desde octubre de 2019 en la que los 20 años de matrimonio entre Karime Macías Tubilla, actualmente sujeta a proceso de extradición y Javier Duarte de Ochoa, quien se encuentra preso en el Reclusorio Norte, quedaron definitivamente concluidos.

La ahora ex pareja acordó que Karime Macías se quedara con los tres menores hijos que procrearon juntos a los que el exgobernador de Veracruz podrá visitar en Inglaterra, lugar en el que actualmente residen.

Establecieron que los niños podrán viajar a México a visitar a su papá, siempre y cuando Duarte y Macías así lo acuerden.

El ex mandatario estatal quedó obligado a pagar una pensión alimenticia de 180 mil pesos mensuales, mismos que deberán ser entregados a Macías los primeros cinco días de cada mes.

Para garantizar que pagará la pensión, Javier Duarte puso como garantía hipotecaria un buen inmueble ubicado en Miguel Lerdo 405, Zona Centro, en Veracruz, que ampara la cantidad de dos millones 160 mil pesos, misma que corresponde a un año de pensión.

El inmueble fue adquirido por Javier Duarte antes de contraer matrimonio con Karime, por lo que no forma parte de la sociedad conyugal que conformaron, régimen bajo el cual contrajeron nupcias.

La juez indicó que debido a que el matrimonio no adquirió ningún bien durante la vigencia del mismo, no procede determinar la administración y liquidación de ningún patrimonio.

 

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