Martes, 7 de May de 2024

  • Activistas ven mal precedente para el acceso a la información

SCJN resolvió mantener reservados datos sobre personal de la FGR

  • Las activistas a favor de la transparencia afirman que este fallo representa un golpe al acceso a la información
Jueves, 12 Mayo 2022
  • Por:  Rebeca Solano
SCJN SCJN Internet

 

Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió mantener en reserva los nombres y cargos del personal de la Fiscalía General de la República (FGR), incluyendo las diversas subprocuradurías y fiscalías especializadas.

Las activistas a favor de la transparencia afirman que este fallo representa un golpe al acceso a la información.

La decisión de la SCJN se contrapone a una resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), que determinó que la institución tenía que proporcionar los datos de su personal, luego de que un particular los solicitara en 2019.

Resolvió un recurso de revisión a favor del particular, al considerar que era obligación de la fiscalía entregar la información correspondiente, sin embargo, la FGR promovió una controversia constitucional ante la Corte, a través de la cual impugnó la resolución del INAI.

Esto, bajo el argumento de que difundir la información requerida afectaría el cumplimiento de algunas de sus principales competencias: la investigación y persecución de los delitos del orden federal.

El análisis del caso fue asignado al ministro Javier Laynez Potisek, quien este jueves expuso ante el pleno el proyecto de resolución, mediante el cual argumentó excepciones de la inmutabilidad del INAI con base en el artículo 105 constitucional.

“La causa de improcedencia (señalada por el INAI) se considera infundada ya que, si bien el artículo 6 constitucional establece que las resoluciones del INAI son vinculatorias, definitivas e inatacables para los sujetos obligados, lo cierto es que el artículo 105 regula un catálogo de conflictos entre órganos del Estado que pueden ser objeto de estudio en la controversia, dentro de los que se encuentran expresamente los actos del INAI”.

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