Lunes, 6 de May de 2024

  • Entra en vigor diversas reformas

Prohíben en Juzgados de Veracruz conciliación o mediación en casos de violencia familiar o de género

  • Se determinó la restricción de la mediación o conciliación
Viernes, 09 Agosto 2019
  • Por:  Redacción

 

Este viernes entra en vigor diversas reformas al Código de Procedimientos Civiles, como la Ley de Medios Alternativos para la Solución de Conflictos, Ley de Asistencia y Prevención de la Violencia Familia y Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en el estado de Veracruz, por lo cual queda prohibido que en los Juzgados de Veracruz, la conciliación, mediación y cualquier otro medio alternativo en casos de violencia familiar o de género contra mujeres y niñas.

De acuerdo a una publicación de Al Calor Político, se señala que restringen la mediación o conciliación en los casos, esto dado a la violencia contra las mujeres es una flagrante violación a los derechos humanos.

Además se determinó la restricción de la mediación o conciliación porque operaba frecuentemente en contra de las mujeres que son víctimas de violencia, pues no existen condiciones de igualdad para participar en una negociación equitativa y llegar a un acuerdo justo.

Era frecuente que existiera temor fundado de las víctimas y coerción por parte del agresor, o presiones familiares o de la comunidad para que la mujer acepte un proceso de conciliación.

Queda prohibida la mediación, conciliación y, en general, todas las formas de solución extrajudiciales en casos de violencia familiar cuando exista una relación de subordinación o sometimiento de la víctima hacia la persona agresora.

(Con información de Al Calor Político)

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