Viernes, 3 de May de 2024

  • Como parte del procedimiento legislativo

Congreso del Estado realiza audiencia de pruebas y alegatos en caso Actopan

  • En cumplimiento a lo establecido en los artículos 132 de la Ley Orgánica del Municipio Libre y 21
Lunes, 17 Febrero 2020
  • Por:  Julio Altamirano
 Congreso del Estado realiza audiencia de pruebas y alegatos en caso Actopan   Congreso del Estado realiza audiencia de pruebas y alegatos en caso Actopan Comunicación Social Congreso del Estado

 

Este lunes, como parte del procedimiento legislativo, en relación a la solicitud presentada al Congreso el pasado 9 de enero por el encargado de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, sobre la suspensión y revocación del mandato de la síndica y presidente municipal de Actopan, Veracruz, este 17 de febrero la Comisión Permanente Instructora celebró la audiencia de pruebas y alegatos.

Esto en cumplimiento a lo establecido en los artículos 132 de la Ley Orgánica del Municipio Libre y 21, numeral 2, de la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencias, ambas del estado de Veracruz.

Víctor Emmanuel Vargas Barrientos, presidente de la Comisión Instructora,  indicó que la celebración de esta audiencia de pruebas y alegatos da constancia de la garantía de audiencia para ambas partes, donde el denunciante y el denunciado presentaron los argumentos que a sus intereses conviene y –conforme lo marca la ley-, le corresponde a los diputados valorar las pruebas y elaborar el dictamen correspondiente.

Señaló que a la audiencia asistieron representantes de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; en tanto, la síndica y el presidente municipal, en apego a la citación para los efectos previstos a lo establecido en el numeral 2, del artículo 21 de la Ley de Juicio Político y Declaración de Procedencia, expusieron por escrito sus argumentos de defensa.

Mencionó que esta audiencia se realizó de forma privada a fin de garantizar la presunción de inocencia y se elaboró el acta circunstanciada correspondiente.

Valora este artículo
(0 votos)